Traslado de residuos: obligaciones para productores y requisitos imprescindibles a considerar

Los últimos años han supuesto una revolución normativa en lo que a traslado de residuos se refiere. Desde Europa han llegado cambios en la Lista Europea de Residuos, nuevas directrices de etiquetado de residuos o cambios en la clasificación de estos.

La Ley 22/2011 de residuos y suelos contaminados y el Real Decreto 553/2020 de traslado de residuos establecen que la tramitación de los procedimientos administrativos relativos a residuos han de llevarse a cabo por vía electrónica.

El motivo es sencillo: a diario, cientos de toneladas de residuos peligrosos y no peligrosos son trasladadas por todo el territorio. Estos movimientos afectan en distinto grado a la operativa de los miles de gestores de residuos autorizados en las distintas CCAA, decenas de miles de transportistas y recogedores inscritos, de los cientos de miles de productores, poseedores y generadores de residuos peligrosos y no peligrosos y de las 17 Comunidades Autónomas y el Ministerio para la Transición Ecológica, organismos competentes en materia de control y gestión de la trazabilidad ambiental.

La entrada en vigor del Real Decreto 553/2020 de Traslados de Residuos ha impactado radicalmente en la gestión de los traslados y en la acreditación del cambio de titularidad de los residuos. Tras su entrada en vigor en julio de 2020 y tras la reciente publicación de la obligatoriedad de uso de eSIR, sigue habiendo importantes dudas: ¿Cómo deben adaptarse las empresas a estos cambios? ¿Cómo son los nuevos modelos de documentos? ¿Y los procedimientos de tramitación electrónica? ¿Qué cambios se plantean en el propio Real Decreto a corto plazo? ¿Qué decisiones ha tomado ya la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares?.

Si quieres conocer las nuevas obligaciones en el traslado de tus residuos en Baleares, en Adalmo aclaramos tus dudas.

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