Condiciones de entrega de Vehículos Fuera de Uso

A efectos de evitar futuras incidencias en la retirada y gestión de los residuos de carácter férrico del que pueda ser titular o poseedor, nos parece oportuno recordarle el régimen jurídico propio aplicable a lo que son ”vehículos fuera de uso (VFU)», que disponen de una normativa y obligaciones específicas al resto de material férrico, todo ello con el ánimo de que siempre sea evitada por parte del productor, titular o poseedor la mezcla de unos y otros tipos de residuos.

La gestión de Vehículos Fuera de Uso está regulada por el Real Decreto 1383/2002, de 20 de diciembre, sobre gestión de vehículos al final de su vida útil. Esta normativa obliga al productor/centro de recepción del vehículo a su entrega a un Centro Autorizado de Tratamiento (CAT).

Es por ello que le comunicamos que todos los VFU fuera de uso que pretenda hacernos entrega deben acompañarse del certificado de descontaminación emitido por un centro CAT o por el contrario un certificado donde se nos especifique su procedencia y nos garantice su correcta descontaminación previa por parte de un CAT.

Ruego preste atención a lo atrás indicado, ya que Adalmo, S.L. no asumirá ninguna responsabilidad derivada de la entrega de residuos que no se correspondan con las características de los residuos para que se nos solicite cada recogida y/o que no cumplan con las disposiciones normativas aplicables a cada uno de ellos.

Esperamos que entiendan dicha situación y quedamos a su entera disposición para aclarar cualquier duda al respecto.

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